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B E C A A P O Y O A L A I N V E S T I G A C I Ó N "M E M O R I A L C H A R O P A L E N C I A"
NORMATIVA Y
CONDICIONES
DE BECA SCELE DE APOYO A LA INVESTIGACIÓN: 1. OBJETIVOS 1. Ayuda para la realización de proyectos de investigación. 2. Facilitar la presentación de trabajos de investigación (ponencias y/o comunicaciones orales o póster) en eventos científicos (congresos, jornadas, etc, ...) 2. SOLICITANTES Podrán solicitar estas becas los socios de SCELE que se encuentren en disposición de presentar un trabajo de investigación en algún evento científico. 3. CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES DEL DISFRUTE El evento debe realizarse antes del 31 de diciembre de cada año. Excepcionalmente se considerarán aquellas solicitudes, que por sus especiales características, justificadas documentalmente, deban realizarse en un período y duración distintos a los referidos. 4. DOTACIÓN DE LAS AYUDAS Se crea una partida presupuestaria para este tipo de ayuda de 601,01 euros. Se podrán adjudicar hasta 4 ayudas. El importe de estas será estimado por una Comisión creada al efecto, en función del lugar y duración del desplazamiento. En caso de quedar desierta la adjudicación de becas, esta partida presupuestaria se sumará a la partida del presupuesto del año siguiente. Para un mismo proyecto de investigación con mas de dos años de duración, solo podrá solicitarla dos años consecutivos. 5. DOCUMENTACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES Documentación: Se presentará una memoria justificativa que contemple los siguientes datos:
Las solicitudes serán presentadas por correo electrónico Plazos de presentación de solicitudes: Desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria hasta el 31 de Diciembre de cada año. 6. EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN Se creará una comisión encargada de llevar a cabo el proceso selectivo que estará formada por:
La Comisión tomará su decisión, teniendo en cuenta los siguientes criterios:
La ocultación de datos, su alteración o cualquier manipulación de la información solicitada será causa de desestimación de la solicitud. 7. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS Hacer referencia a la pertenencia a la Sociedad (SCELE) en su intervención en el evento (inclusión del logotipo de la sociedad, etc, ...) Cumplir con el plan de trabajo previsto en la solicitud. Toda alteración de las condiciones iniciales por las que se otorgó la subvención deberá ser comunicada a la Junta Directiva de la Sociedad y podrá dar lugar a la modificación de la resolución de concesión. El incumplimiento por parte de los perceptores de las obligaciones enunciadas supondrá, hasta que se subsane, la inhabilitación para la percepción de cualquier otra ayuda o subvención, sin perjuicio de la obligación de devolución pertinente. En caso de proyecto de investigación:
8. PAGO DE LA BECA Al finalizar la actividad, previa presentación de la siguiente documentación a la Junta Directiva de la Sociedad:
La aceptación de la Ayuda por parte del beneficiario, implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y el cumplimiento de los requisitos establecidos en la misma. |
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Sociedad Científica Española de Enfermería (SCELE)
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